Qué es la Corte
Órgano jurisdiccional autónomo de la OEA, con sede en San José de Costa Rica, establecido en 1979 y compuesto por siete jueces.
- Autoridad: CADH arts. 52 y siguientes; Estatuto de la Corte; entrada en funciones en 1979.
- Caso: La Corte no actúa como cuarta instancia: determina la responsabilidad internacional del Estado, no revisa el acierto de la justicia interna.
- Doctrina: Gros Espiell, H., 'La Corte Interamericana de Derechos Humanos' (1993). [verificar]
La competencia contenciosa es voluntaria
El Estado debe aceptar expresamente la jurisdicción; no se presume. Puede aceptarla en forma incondicionada, con reciprocidad, por plazo, por tiempo indefinido o caso por caso.
- Autoridad: CADH art. 62 (competencia voluntaria); Corte IDH, OC-3/83.
- Caso: Jamaica y Granada son parte de la CADH pero no aceptaron la competencia contenciosa: la Corte no puede juzgarlas. [verificar]
- Doctrina: Espinal Irías, R., 'Competencia y funciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos'. [verificar]
Quién puede llevar un caso y a quién se demanda
Legitimación activa: solo los Estados partes que aceptaron la competencia y la Comisión; las víctimas participan (ESAP) pero no son parte. Legitimación pasiva: solo los Estados — ellas son las únicas que pueden ser demandadas ante la Corte. El trámite ante la Comisión, incluido el informe del art. 50 de la CADH, se desarrolla en el capítulo de la CIDH.
- Autoridad: CADH art. 61; Reglamento de la Corte (participación de las presuntas víctimas y el ESAP).
- Caso: La víctima presenta su ESAP, pero no puede someter el caso sin que lo hagan la Comisión o un Estado parte.
- Doctrina: Méndez, J., 'La participación de la víctima ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos'. [verificar]
Procedimiento y reparaciones
Etapa escrita, oral, excepciones preliminares, sentencia y supervisión de cumplimiento; las reparaciones incluyen restitución, indemnización, satisfacción y garantías de no repetición.
- Autoridad: CADH art. 63.1; Reglamento de la Corte; Corte IDH, Velásquez Rodríguez (sentencia de reparaciones, 1989).
- Caso: Tras la sentencia, la Corte supervisa el cumplimiento y ordena restitución, indemnización, satisfacción y no repetición.
- Doctrina: García Ramírez, S., 'Las reparaciones en el Sistema Interamericano'. [verificar]
Competencia consultiva
La más amplia: los Estados miembros de la OEA y los órganos de la OEA pueden pedir opiniones consultivas, que fijan doctrina obligatoria.
- Autoridad: CADH art. 64; Corte IDH, OC-1/82 y OC-15/97.
- Caso: Un Estado de la OEA consulta sobre el alcance de un derecho; la OC fija doctrina que luego guía a los tribunales nacionales.
- Doctrina: Nieto Navia, R., Introducción al Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos (1993).